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PREGUNTAS FRECUENTES

Por Correo Postal de EE.UU.:

CITY OF MIAMI

Emergency Rental Assistance (ERA) Program

P.O. BOX # 013581

MIAMI, FL 33101

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PROGRAMA DE EMERGENCIA

PARA ASISTENCIA DE ALQUILERES (ERAP) IMPACTADOS POR EL COVID-19


1.   ¿QUÉ ES EL PROGRAMA DE EMERGENCIA PARA ASISTENCIA DE ALQUILERES IMPACTADOS POR EL COVID-19?

El Programa de Emergencia para Asistencia de Alquileres Impactados por el COVID-19 de la Ciudad de Miami es un programa de asistencia de alquileres diseñado para brindar alivio a hogares de ingresos bajos y moderados que residen en la Ciudad de Miami y que no pueden pagar el alquiler y los servicios públicos debido a la pandemia de COVID-19.

2.   ¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UNA SOLICITUD PARA EL PROGRAMA DE EMERGENCIA PARA ASISTENCIA DE ALQUILERES IMPACTADOS POR EL COVID-19?

Hogares que viven en la ciudad de Miami y que:

  1. Califican para desempleo o han experimentado una reducción en los ingresos del hogar, han incurrido en costos significativos o han experimentado dificultades financieras relacionadas directa o indirectamente con la pandemia del COVID-19;
  2. Demuestren riesgo de quedarse sin vivienda o experimentar inestabilidad de la vivienda;
  3. Tengan un ingreso familiar igual o inferior al 80 por ciento del ingreso promedio del área. Según el tamaño del hogar.

3.   ¿CÓMO PRESENTO UNA SOLICITUD PARA ERAP COVID-19?

La Ciudad de Miami considerará las solicitudes por orden de llegada, por fecha y hora, dando preferencia a los hogares que cumplen con las prioridades designadas por la Ciudad de Miami. Visite miami.onlinepha.com durante el período de inscripción abierta de 30 días y siga las instrucciones en la página de inicio para enviar una solicitud. Los solicitantes también pueden recoger y enviar solicitudes en papel en los lugares designados.

4.    ¿CÓMO SE ESTABLECEN LAS PRIORIDADES PARA LA ASISTENCIA?

La Ciudad de Miami da prioridad a las solicitudes por cualquiera de los siguientes tres factores:

  1. El ingreso del hogar no excede el cincuenta (50) por ciento del ingreso promedio de área
  2. Una (1) o más personas del hogar están desempleadas en la fecha en que se presenta la solicitud de asistencia y no han estado empleadas durante un período de noventa días anterior a dicha fecha
  3. Hogares que han recibido un aviso de desalojo de 3 días

5.   ¿CUÁNDO PUEDO PRESENTAR UNA SOLICITUD DE ASISTENCIA DE ERAP COVID-19?

El período de inscripción abierta para aceptar solicitudes comienza el lunes 12 de marzo del 2021 a las 9:00 am. Se aceptarán solicitudes por un período de 30 días. La Ciudad de Miami considerará reabrir el proceso de solicitud más adelante, sujeto a la disponibilidad de fondos. 

La ciudad volverá a abrir para solicitudes el lunes 12 de julio a las 9:00 am.

6.   ¿CUÁLES SON LAS HORAS EN QUE EL SITIO WEB ACEPTARÁ LAS APLICACIONES DE ERAP COVID-19?

Miami.onlinepha.com aceptará solicitudes las 24 horas del día a partir del lunes 12 de julio del 2021 a las 9:00 a.m. 

La Ciudad de Miami ha designado los siguientes sitios para recoger solicitudes en papel:

Oficina del Distrito 1 Commission Alex Diaz de la Portilla

Curtis Park
1901 NW 24
th AveMiami, FL 33125

Número de teléfono: 305-250-5430

Oficina del Distrito 1 Commission Alex Diaz de la Portilla

Antonio Maceo Park

5135 NW 7th St.
Miami, FL 33126

Número de teléfono:  305-960-2890

Oficina del Distrito 1 Commission Alex Diaz de la Portilla
Allapattah 

1897 NW 20th St.
Miami, FL 33142

Número de teléfono: 305-960-5128
Oficina del Distrito 2
Downtown/Brickell Service Center

444 SW 2 Ave., 10th Floor
Miami, FL 33130

Número de teléfono: 305-416-1744

Oficina del Distrito 2

Coconut Grove Service Center
at Elizabeth Virrick Park

3255 Plaza Street
Miami, FL 33133

Número de teléfono: 305-960-4670

Oficina del Distrito 3 Commissioner Joe Carollo

1300 SW 12 Ave.
Miami, FL 33129

Número de teléfono: 305-960-4650

Oficina del Distrito 4
Flagami

6030 SW 2 St.
Miami, FL 33144

Número de teléfono: 305-250-5420

Oficina del Distrito 4

Coral Way at Coral Gate Park District 4 Office

1415 SW 32nd Avenue
Miami, FL 33145 

Número de teléfono: 305-960-5131

Oficina del Distrito 5 

Upper Eastside Neighborhood Service Center

Legion Park
6599 Biscayne Blvd.
Miami, FL 33138

Número de teléfono: 305-960-5118

Oficina del Distrito 5

Model City Service Center

1000 NW 62nd Street
Miami, Florida 33150

Número de teléfono: 305-960-2990

 

Oficina del Distrito 5

Overtown Neighborhood Service Center

1490 NW Avenue, 112-B
Miami, Florida 33136

Número de teléfono: 305-960-5133

Oficina del Distrito 5

Little Haiti Neighborhood Service Ctr. (Arthur Teele Community Ctr.)

6301 NE 2nd Avenue
Miami, Florida 33138

Número de teléfono: 305-960-4660

Oficina del Distrito 5 
Wynwood/Edgewater Neighborhood Service Ctr.

Roberto Clemente Park 
101 NW 34 St.
Miami, FL 33127

Número de teléfono: 305-960-2904

 

Todos los paquetes completos de solicitud deben enviarse, incluyendo los documentos requeridos, a través de una de las dos opciones abajo.


Por Correo Postal de EE.UU.:

CITY OF MIAMI

Emergency Rental Assistance (ERA) Program

P.O. BOX # 013581

MIAMI, FL 33101

Buzón de entrega (Drop Off location):

CITY OF MIAMI

Programa de Asistencia de Emergencia con el Alquiler (ERA)

14 NE 1st Avenue, 1st Floor Lobby

MIAMI, FL 33132

Horas de Entrega: 9 am to 4 pm

7.   ¿EXACTAMENTE POR CUÁNTO TIEMPO ERAP COVID-19 AYUDARÁ CON LA ASISTENCIA DE ALQUILER?

La ayuda se proporcionará durante un período que no exceda los 12 meses con la posibilidad de ayuda futura durante 3 meses adicionales, solo si es necesario, para garantizar la estabilidad de la vivienda para un hogar. La ayuda futura está sujeta a la disponibilidad de fondos.

8.    ¿CUÁNTA AYUDA HAY DISPONIBLE?

La Ciudad de Miami pagará un máximo de $24,000 en asistencia a los hogares elegibles para cubrir un máximo de doce (12) meses de alquiler atrasado, servicios públicos atrasados y costos de reubicación elegibles, hasta $ 2,000 por mes y, si corresponde y hay fondos suficientes disponibles, tres (3) meses adicionales de asistencia para garantizar la estabilidad de la vivienda. Los atrasos del solicitante (retrospectivos hasta marzo del 2020) se pagarán primero, y el resto estará disponible para alquiler futuro (hasta diciembre del 2021).

9.   ¿PUEDO SOLICITAR O RECIBIR OTRA AYUDA DE ALQUILER MIENTRAS RECIBO LA ASISTENCIA DE ERAP COVID-19?

Si. Los hogares que reciben subsidio de otros programas de asistencia para el alquiler, como el Vale de Selección de Vivienda (Sección 8) o vivienda pública, no serán elegibles para recibir asistencia de ERAP si la asistencia resulta en beneficios duplicados.

10.  ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE REQUIERE CUANDO PRESENTO MI SOLICITUD?

        La siguiente documentación es necesaria al momento de enviar su solicitud.

Verificación de identidad (al menos uno de los siguientes documentos de todos los miembros del hogar)


  • Licencia de conducción
  • Identificación emitida por el estado
  • Certificado de nacimiento
  • Pasaporte
  • Tarjeta CDIB tribal
  • Identificación de veterano


La reducción de los ingresos familiares (Sección II.A.1) se define como una pérdida de salario o compensación. La Ciudad de Miami aceptará los siguientes documentos como forma de verificación de la reducción del ingreso familiar desde marzo 13 del 2020.


  1. Carta del empleador indicando la reducción en el salario, despido o licencia no remunerada
  2. Carta de despido del empleador
  3. Carta de desempleo con fecha desde el 13 de marzo del 2020 hasta el momento
  4. Copia impresa de los beneficios por desempleo recibidos en los últimos 30 días
  5. Aviso de cierre del negocio en el sitio web del empleador
  6. Carta del proveedor de atención médica o del empleador que indique una incapacidad para trabajar relacionada con COVID
  7. Carta de workforce solutions
  8. Si no tiene ninguno de los documentos anteriores, se aceptará un formulario de autocertificación


La Ciudad de Miami requerirá que las familias proporcionen documentación de todos los miembros del hogar que tengan al menos dieciocho (18) años al momento de la solicitud.

Verificación de ingresos (al menos uno de los siguientes documentos de todos los miembros del hogar)

Ingresos anuales

  • Declaración de impuestos del 2020 (1040, 1040EZ, etc.)
  • Formulario W2 del 2020 del empleador
  • Formulario de impuestos 1099 del 2020
  • Otra evidencia de ingresos anuales (por ejemplo, declaración de salarios, declaración de intereses, declaración de compensación por desempleo


Ingresos mensuales


  • Un (1) comprobante de pago, como mínimo, de salarios con fecha de los últimos sesenta días, que demuestre el valor de un mes completo de pago consecutivo
  • Carta de beneficios del Seguro Social con fecha de los últimos 12 meses
  • Carta de beneficios por desempleo con fecha de los últimos 60 días (aproximadamente 2 meses)
  • Informe de pago de manutención de menores del Departamento de Salud y Servicios Humanos de la Florida
  • Carta fechada dentro de los últimos sesenta (60) días que confirme los pagos de manutención de menores realizados fuera del Departamento de Impuestos de la Florida
  • En el caso de que se proporcione documentación de ingresos tanto anuales como mensuales, la Ciudad de Miami utilizará el menor de los dos para determinar la elegibilidad para el programa. Al determinar los ingresos anuales, se excluyen los pagos del seguro federal contra una pandemia.


Cero Ingresos


  • §  Se debe completar el formulario de declaración jurada de que no recibe ningún ingreso.


Comprobante de atrasos de alquiler (si solicita pagos atrasados)


  • Contrato de arrendamiento y aviso de monto adeudado
  • Aviso de atrasos en el alquiler emitido por el dueño de la propiedad en alquiler
  • Aviso de desalojo
  • Procedimiento sumario de citación y demanda que identifica al(los) solicitante(s) como demandado(s) /inquilino (s)/ocupante(s), el cual establece una fecha de audiencia dentro de los treinta (30) días siguientes.


*La documentación debe incluir los meses en los que se incurre en atrasos en el alquiler.

Prueba de atrasos de servicios públicos (si solicita pagos atrasados)


  • Lasfacturas/extractos de servicios públicos vencidos deben tener un número de cuenta (servicios públicos que se pueden reembolsar: agua, luz, propano e internet)
  • Cualquier documentación pertinente de la empresa de servicios públicos
  • La documentación debe incluir los meses en los que ocurrieron los atrasos en los servicios públicos
  • La documentación que no esté a nombre del inquilino debe ir acompañada de un comprobante de ocupación de la unidad.
  • Si la factura no está a nombre del inquilino, se requiere documentación adicional para demostrar que la persona en la factura es un ocupante de la unidad.


Comprobante del costo de reubicación (si solicita el reembolso de gastos de reubicación)


  • Proporcionar facturas, recibos, extractos de gastos incurridos.


Evidencia de dificultades financieras, como una reducción en los ingresos o incurrir en costos significativos, ya sea directa o indirectamente debido a la pandemia del COVID 19 (solo se necesita un documento por hogar)

Reducción de ingresos:


  1. Carta del empleador indicando la reducción en el salario, despido o licencia no remunerada
  2. Carta de despido del empleador
  3. Carta de desempleo con fecha desde el 13 de marzo del 2020 hasta el momento
  4. Copia impresa de los beneficios por desempleo recibidos en los últimos 30 días
  5. Aviso de cierre del negocio en el sitio web del empleador
  6. Carta del proveedor de atención médica o del empleador que indique una incapacidad para trabajar relacionada con COVID
  7. Carta de workforce solutions
  8. Reducción de ingresos debido al fallecimiento de un familiar por COVID-19
  9. Otra documentación pertinente que acredite la reducción de ingresos
  10. Si no tiene ninguno de los documentos anteriores, se aceptará un formulario de autocertificación


Evidencia de costos/gastos significativos (si corresponde). La Ciudad de Miami aceptará los siguientes documentos como forma de verificación de costos significativos relacionados con el COVID desde el 13 de marzo del 2020:


  • Costos de atención médica, incluida la atención médica domiciliaria para personas con COVID-19
  • Efecto adverso en la salud/aumento de los costos de atención médica (facturas médicas, recibos, etc.)
  • Gastos incurridos debido a la cuarentena o distanciamiento social según lo ordenado por el empleador (equipo de computadora, gastos de Internet, etc.)
  • Gastos de cuidado de niños debido al cierre de escuelas debido al COVID-19
  • Gastos de aprendizaje a distancia debido al COVID-19
  • Compra de EPP (equipo de protección personal)
  • Multas, cargos y costos legales asociados con los atrasos en el alquiler o los servicios públicos
  • Pagos de alquiler o servicios públicos realizados con tarjeta de crédito para evitar quedarse sin vivienda o la inestabilidad de la vivienda
  • Transporte alternativo para los hogares que no pueden usar el transporte público durante la pandemia
  • Si no tiene ninguno de los documentos anteriores, un formulario de autocertificación


*Estos costos se pueden verificar con recibos, extractos de pago, extractos bancarios o de tarjetas de crédito u otra documentación.

Evidencia de riesgo de quedarse sin vivienda (solo se necesita un documento por hogar)


  • Aviso de desalojo
  • Un aviso de alquiler o servicios públicos vencidos (aviso de última hora o aviso de 5 días para pagar/irse)
  • Vivir en condiciones inseguras o poco saludables, como condiciones que aumentan el riesgo de exposición al COVID-19 debido al hacinamiento
  • Una carga financiera debido al costo de la vivienda que dificulta que los inquilinos puedan pagar sus costos de vivienda
  • Contratos de arrendamiento informales con poca o ninguna protección legal
  • Historial o riesgo de exposición a violencia de pareja, agresión sexual o acoso
  • Evidencia de que el hogar está dejando de comprar o retrasando la compra de bienes o servicios esenciales, como alimentos, medicamentos recetados, cuidado de niños, transporte o equipo necesario para el trabajo o la escuela a distancia para pagar el alquiler o los servicios públicos
  • Acoso o amenazas documentadas de desalojo por parte de un propietario/arrendador
  • Evidencia de que el hogar depende de tarjetas de crédito, prestamistas a corto plazo u otros productos de deuda de alto costo, o está gastando los ahorros para pagar el alquiler o los servicios públicos en lugar de salarios u otros ingresos.


Documentación del propietario


  • Nombre, dirección, número de seguro social o número de identificación fiscal, según corresponda, del propietario
  • Formulario de impuestos W-9 completo del dueño o administrador de la propiedad
  • Acuerdo de administración de la propiedad, acuerdo de corredores que autoriza que los pagos se distribuyan al administrador de la propiedad en nombre del propietario
  • Comprobante de título de propiedad (escritura, factura de impuestos inmobiliarios más reciente o póliza de seguro de propiedad actual). La agencia también puede verificar el título de la propiedad con una Oficina del Asesor municipal local o con el Registro de Escrituras. Si se utiliza esta opción, la agencia debe mantener una copia impresa de dicha verificación en el archivo del solicitante.


11.      ¿NECESITO TENER ESTATUS LEGAL DE INMIGRACIÓN PARA SER ELEGIBLE PARA RECIBIR AYUDA?

  No. Los hogares no necesitan tener un estatus migratorio legal para calificar para el programa.

12.    SI SE SELECCIONA MI SOLICITUD, ¿CALIFICO AUTOMÁTICAMENTE PARA LA ASISTENCIA?

No, la Ciudad de Miami debe revisar toda la documentación que usted envíe para determinar su elegibilidad.

13.   ¿PUEDO USAR MI TELÉFONO INTELIGENTE, IPHONE, TABLETA ANDROID U OTRO DISPOSITIVO ELECTRÓNICO QUE TENGA CONEXIÓN A INTERNET PARA REALIZAR UNA SOLICITUD?

Sí, si puede navegar en el sitio web miami.onlinepha.com e ingresar toda la información desde su dispositivo, puede usarlo.

14.    ¿PUEDO HACER CORRECCIONES A MI SOLICITUD DURANTE EL PERIODO DE SOLICITUD?

No.

15.   ¿DEBO INGRESAR NOMBRES E INGRESOS EN MI SOLICITUD ERAP COVID-19?

Sí. Debe responder todas las preguntas y completar todos los campos obligatorios en la solicitud. Su solicitud debe incluir a todos los miembros de su hogar y todos los ingresos de su hogar, incluidos, entre otros: jubilación del Seguro Social, discapacidad del Seguro Social, Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), pensiones, manutención de menores, pensión alimenticia, desempleo, discapacidad temporal, salarios, empleo independiente, etc.

16. ¿PUEDO IMPRIMIR MI SOLICITUD ERAP COVID-19?

Sí, puede imprimir la solicitud antes de enviarla. La Ciudad de Miami ofrecerá acomodos razonables a las personas con discapacidades y a las personas que tienen un dominio limitado del inglés dependiendo de cada caso y considerará la incapacidad y las necesidades de las personas o de los hogares sin acceso a internet.

17.  NO TENGO ACCESO A INTERNET EN CASA ¿DÓNDE PUEDO IR PARA COMPLETAR MI SOLICITUD PREVIA DE ERAP COVID-19?

Llame al 305-330-1508 para obtener ayuda.

18.  SI TENGO PREGUNTAS, ¿CON QUIÉN DEBO COMUNICARME?

Llame al 305-330-1508 para obtener ayuda.

19.  ESTABA EN EL SITIO WEB Y EMPECÉ A COMPLETAR MI SOLICITUD ERAP COVID-19. PERDÍ LA CONEXIÓN A INTERNET EN LA MITAD DE LA SOLICITUD. ¿CÓMO REGRESO A DONDE ESTABA?

Si no recibió un recibo de confirmación, deberá iniciar su solicitud nuevamente desde el principio.

20.  EL SITIO WEB NO ESTÁ DISPONIBLE Y NO PUEDO INGRESAR A MI SOLICITUD ERAP COVID-19. ¿QUÉ TENGO QUE HACER?

Vuelva a intentarlo después de unos minutos.

21.  ¿ALGUIEN MÁS PUEDE INSCRIBIRME?

Sí, puede pedirle a un amigo, familiar o proveedor que lo ayude a completar la solicitud, pero debe certificar que toda la información proporcionada (fechas de nacimiento, ingresos, etc.) es verdadera y firmar electrónicamente.

Deberá incluir el nombre, número de teléfono y correo electrónico de la persona que lo ayudó a completar la solicitud.

22.  SI MIS HIJOS VIVEN CONMIGO Y TIENEN 18 AÑOS O MÁS, ¿TENGO QUE INCLUIR SUS INGRESOS?

Sí, los ingresos de todos los miembros adultos del hogar deben ingresarse en la solicitud.

23.  ¿CÓMO SOLICITO UN ACOMODO RAZONABLE POR DISCAPACIDAD?

Si tiene una discapacidad y necesita ayuda para solicitar asistencia, la Ciudad de Miami extenderá acomodos razonables caso por caso y considerará la discapacidad y la(s) necesidad(es) de la(s) persona(s). Comuníquese con el número de Servicio al Cliente al 305-330-1508 para acomodos razonables, incluidas las personas con dominio limitado del inglés.

24.  NO HABLO INGLÉS O NO HABLO INGLÉS LO SUFICIENTE PARA COMPLETAR LA SOLICITUD ERAP COVID-19. ¿PUEDO OBTENER UNA SOLICITUD EN OTRO IDIOMA?

Sí, la aplicación está disponible en varios idiomas.

25.  ¿QUÉ TAN PRONTO RECIBIRÉ MI AYUDA?

No podemos proporcionar un plazo estimado para el pago en caso de que se seleccione y apruebe su solicitud.

26. ¿RECIBIRÉ DIRECTAMENTE LA ASISTENCIA DE VIVIENDA?

La Ciudad de Miami realizará pagos directamente a los proveedores participantes (propietarios, administradores, etc.) en nombre del participante del programa con la excepción del reembolso de los gastos de reubicación que se pagarán directamente al participante solicitante.

27.  ¿SE PUEDEN UTILIZAR LOS FONDOS DE ERAP COVID-19 PARA PAGAR DEPÓSITOS DE SEGURIDAD U OTROS CARGOS?

No. Los fondos no se pueden utilizar para pagar cargos por pagos atrasados acumulados o depósitos de seguridad.


28.  ¿DÓNDE PODERMOS ENCONTRAR ASISTENCIA LEGAL GRATUITA?


Information del Contacto

Solicitar Servicios: 

Aplicar en línea: 

Haga clic aquí para aplicar   

Sitio web: 

www.legalservicesmiami.org 


Por Telefono: 

Miami-Dade: (305)576-0080 

Text- Telephone: (305) 446-7570 


Lunes y Miércoles: 9:00 am to 12:00 pm and 1:30pm to 4:30pm 

Martes y Jueves: 1:30pm to 4:30 pm 




Preguntas del Propietario

1.       ¿PUEDO PRESENTAR UNA SOLICITUD EN NOMBRE DE MI INQUILINO?

Sí. Si un administrador de propiedad o el dueño de una vivienda solicita asistencia, se requiere lo siguiente:


  • El arrendador debe enviar un formulario de referencia de arrendador
  • Cualquier pago recibido por el propietario de un pago realizado bajo esta sección se utilizará para satisfacer la obligación de alquiler del inquilino con el propietario


2.       ¿CÓMO SABRÁN LOS PROPIETARIOS SI UNO DE SUS INQUILINOS RECIBIRÁ AYUDA A TRAVÉS DE ERAP COVID-19?

Recibirá un correo electrónico en el que se indicará que se aprobó la asistencia de su inquilino, junto con el monto estimado del subsidio.

3.       ¿QUÉ PRUEBA NECESITO PARA DEMOSTRAR QUE SOY UN PROPIETARIO?

Deberá proporcionar comprobante de título de propiedad (escritura, factura de impuestos inmobiliarios más reciente o póliza de seguro de propiedad actual) para verificar que es el propietario legal de la propiedad en cuestión. Recibirá un paquete de arrendador/propietario que incluye los siguientes documentos:


  • Formulario de certificación del propietario
  • Formulario de autorización de depósito directo
  • Formulario W9 del IRS


4.       COMO PROPIETARIO, ¿CÓMO RECIBO MIS PAGOS DE ERAP COVID-19?

El método preferido para desembolsar el pago es mediante depósito directo. En caso de que esta no sea una opción, recibirá sus pagos mediante cheque.

5.       SI UN INQUILINO SE MUDA ANTES DEL SUBSIDIO APROBADO, ¿TENGO QUE DEVOLVER LOS PAGOS DE ERAP?

Sí, si recibió un pago de asistencia para el alquiler y el inquilino se muda, ese subsidio debe devolverse. Además, si un arrendador intenta cobrarle al inquilino u otro tercero el alquiler, los servicios públicos u otras cantidades que ERAP COVID-19 haya pagado, el arrendador deberá reembolsar los fondos de ERAP COVID-19 dentro de un período de tiempo establecido. Los intentos de cobrar incluyen, entre otros, allanamiento de morada y una medida de retencióncontra el inquilino alegando falta de pago de alquiler, servicios públicos o cargos que haya pagado ERAP COVID-19.

6.       SI TENGO QUE DEVOLVER EL PAGO DE ERAP COVID-19, ¿A DÓNDE DEBERÍA ENVIAR EL CHEQUE?

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MIAMI, FL 33101

7.       ¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO PROPORCIONAR PARA PROBAR QUE EL INQUILINO ES MI INQUILINO?


  • Contrato de arrendamiento firmado, acuerdo de inquilino o certificación del propietario
  • Documentación de residencia, incluidas facturas de servicios públicos, certificación de un propietario que pueda ser identificado como propietario verificado o agente de administración de la unidad.
  • Otra documentación razonable


8.       ¿LOS ATRASOS EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS SON GASTOS ELEGIBLES BAJO ERAP COVID-19?

Si. Atrasos de servicios públicos (agua, luz, propano, internet) y los costos de energía del hogar son elegibles para recibir asistencia.

9.       ¿CUÁNTO SUBSIDIO DEBO ESPERAR RECIBIR?

La Ciudad de Miami pagará el monto total de los atrasos del hogar, por un máximo de 12 meses, en la medida en que haya fondos disponibles. Se determinará si se necesitan tres meses adicionales de asistencia para garantizar la estabilidad de la vivienda. Los atrasos del solicitante (retrospectivo hasta el 13 de marzo del 2020) se pagarán primero, y el resto estará disponible para alquiler futuro (hasta diciembre del 2021). El alquiler tendrá un límite del 125% del alquiler justo del mercado del área.

10.   ¿TENGO QUE ACEPTAR EL SUBSIDIO?

Sí, si desea un pago de ERAP COVID-19 que incluya un acuerdo con la Ciudad de Miami para aceptar el subsidio.